09/03/2021

Consideraciones y definiciones para la negociación paritaria

La recuperación del poder adquisitivo de lxs trabajadorxs tiene un capítulo central en la negociación colectiva (la paritaria) e involucra a lxs trabajadorxs en el debate sobre las condiciones de vida y acceso a derechos básicos.

En este texto nos interesa señalar consideraciones con la perspectiva de la paritaria nacional y de cara al Plenario de Secretarixs Generales de CONADU.

Retomar el concepto de Salario Mínimo, Vital y Móvil para cambiar el eje de la discusión salarial

Las negociaciones salariales suelen discutirse en términos porcentuales y eso nos lleva a correr siempre detrás de la evolución de la inflación. La persistencia y agravamiento del escenario inflacionario ha concentrado la discusión salarial en torno de la pérdida y eventual recuperación de la capacidad de compra del salario, haciéndonos perder el horizonte.
En una economía sin inflación, ¿qué discutiríamos? Básicamente dos cosas: un salario mínimo garantizado de carácter universal y la ampliación de la cuota en materia de distribución del ingreso.
Un salario mínimo garantizado de carácter universal es una reivindicación histórica de lxs trabajadorxs argentinxs. El salario mínimo garantizado es un derecho consagrado en nuestra Constitución Nacional, en su artículo 14 bis desde 1957 y reglamentado por diferentes leyes y resoluciones a lo largo de la historia. Hoy en día la normativa está establecida por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (CNEPySMVyM) de composición tripartita (gobierno, sindicatos y empleadores) dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
El salario mínimo vital es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador o la trabajadora sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento. Esta magnitud se refiere al salario de bolsillo. A ello debe agregarse el aporte obligatorio a los sistemas jubilatorio, de obras sociales y la filiación sindical.
Cuando la discusión se limita a seguir el ritmo inflacionario se pierde de vista que la remuneración salarial debe garantizar, en primer término, el acceso a derechos básicos que tienen rango constitucional. Estos conceptos conforman el Salario Mínimo, Vital y Móvil cuya realización, como es fácil imaginar, supera largamente el actual monto de $21.600, muy cercano a la línea de la indigencia.
Al momento de establecer la remuneración básica por el trabajo docente, es preciso considerar, también, los productos y servicios imprescindibles para la reproducción de nuestra fuerza de trabajo (por ej. materiales de estudio, herramientas tecnológicas).

Pretendemos destacar que, en última instancia, no es tan relevante lo que digan los índices de inflación, interesa en cambio el monto absoluto que un trabajador o una trabajadora necesita para vivir en armonía con el derecho consagrado por nuestra Constitución Nacional.

Razones para utilizar la Canasta Básica Total (CBT) como parámetro

Desde el punto de vista de lxs trabajadorxs es necesario plantear criterios de debate y negociación salarial donde los porcentajes sean el punto de llegada. Por esta razón, nuestra Asamblea Docente (23/02/2021) estableció usar la Canasta Básica Total (CBT) como parámetro de la demanda salarial. La CBT incluye los siguientes conceptos:
*  Alimentación y Bebidas
*  Indumentaria y Calzado
*  Servicios de la vivienda
*  Equipamiento y Mantenimiento
*  Salud
*  Transporte y Comunicaciones
*  Esparcimiento
*  Enseñanza
*  Bienes y Servicios Diversos

Es importante tener presente que la CBT tiene ciertas limitaciones. Por un lado, porque la composición de la Canasta está desactualizada ya que - aunque actualizada por inflación - corresponde a la Encuesta Nacional de Hogares de 2004/05 (consultar ficha técnica Indec). Ello implica cierta desactualización en relación a las pautas de consumo (por ejemplo: telefonía e internet) y a los precios relativos (no contempla el impacto de los tarifazos de la era Macri). Por otra parte,  no resulta una herramienta taxativa de los productos y servicios imprescindibles para lxs trabajadorxs docentes (materiales de formación, tecnología, etc).
Pese a sus limitaciones, la Canasta Básica Total es una herramienta útil para dimensionar el poder adquisitivo de nuestros sueldos así como el del conjunto de lxs trabajadorxs, en función de los ítems que contempla y la valoración de su impacto en el salario real.
El valor en dinero de la CBT en el mes de enero de 2021 fue de $56.459.

Definiciones hacia el Plenario de Secretarixs Generales de CONADU

La Asamblea Docente de COAD del 23 de febrero resolvió exigir la inmediata reapertura de la mesa de negociación salarial, plantear que el salario básico correspondiente a un auxiliar de primera exclusiva sea igual a la canasta básica total (que para enero 2021 equivalía a $56.459) y reclamar la colocación de una cláusula gatillo trimestral que ajuste este valor con el valor de la canasta básica del mes correspondiente.
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